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viernes, diciembre 13, 2024

Panera Bread enfrenta demanda por limonada asesina.

La cadena estadounidense Panera Bread recibe una nueva demanda por su famosa limonada cargada en la que acusan a la cafetería de tener un alto contenido de cafeína en la bebida, sin advertencia de que es una bebida energética y además es anunciada como una limonada ¨limpia y de origen vegetal¨.

La primera víctima fue la joven de 21 años Sarah Katz, la cual presentaba una enfermedad cardiaca llamada síndrome de QT largo tipo 1 desde los 5 años de edad. Una semana y media antes del deceso de Sarah, había comprado una membresía Unlimited Sip Club de Panera, la cual da el beneficio a los clientes de bebidas ilimitadas por una tarifa mensual. En este caso, la joven había consumido una gran cantidad de limonada durante el día y mientras estaba celebrando el cumpleaños de su amiga se desmayó, a causa de un paro cardiaco. Durante el traslado hacia el hospital sufrió otro paro que resultó en una muerte fatal, por arritmia cardíaca debido a la afección cardiaca que sufría de chiquita.

Así mismo, Dennis Brown, de 46 años de edad, sería la segunda víctima que falleció el pasado 9 de octubre. Dennis sufría de un trastorno de deficiencia cromosómica no especificada, lo que le generaba un retraso en el desarrollo y en su capacidad intelectual, además, padecía de hipertensión, por lo cual era recomendable para él no consumir bebidas energéticas. El día del suceso, Dennis había consumido tres limonadas cargadas y llevaba semanas consumiendo esta bebida, resultando en un paro cardiaco mortal cuando iba de vuelta a casa.

En las demandas hechas a la empresa se alega que la limonada contiene 390 miligramos de cafeína en un vaso de 30 onzas, es decir, que tiene un contenido mayor al de cualquier tamaño del vaso del café tostado oscuro, con el cual la empresa lo compara con un vaso de limonada. Además, en ningún momento se les advierte a los consumidores que la bebida también contiene extracto de guaraná, que es un estimulante natural que equivale a 30 cucharaditas de azúcar.

De acuerdo a la legislación venezolana, la empresa al momento de vender la bebida estaría incurriendo en publicidad engañosa. Este derecho se encuentra amparado en el ordinal octavo del artículo 7 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, donde resguarda al consumidor para que pueda ejercer sus derechos al momento en que se vea afectado por este tipo de situaciones. También esto se encuentra resguardado por el artículo 117 de la Constitución de la República, en el cual establece que ¨Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de estos derechos

Panera simplemente ha respondido expresando su profundo sentido pésame y sus lamentaciones para las familias de los fallecidos y niegan que las muertes se encuentren vinculadas a la venta de sus productos.

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Andrea Miranda
Andrea Mirandahttps://lawit.org/
Pasante Legal en LAWIT | VENEZUELA - Estudiante de Derecho - 10/10 USM'