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La UE multó a fabricantes de videojuegos por bloquear las compras a menor costo

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        La Comisión Europea ha multado a Valve, propietario de la plataforma de juegos en línea para PC “Steam”, ya los cinco editores Bandai Namco, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax con 7,8 millones de euros por infringir las normas antimonopolio de la UE.

Valve y los editores restringieron las ventas transfronterizas de ciertos videojuegos para PC sobre la base de la ubicación geográfica de los usuarios dentro del Espacio Económico Europeo (‘EEE’), entrando en las llamadas prácticas de “bloqueo geográfico”. Las multas para los editores, por un total de más de 6 millones de euros, se redujeron debido a la cooperación de las empresas con la Comisión. Valve decidió no cooperar con la Comisión y fue multada con más de 1,6 millones de euros.

Steam es una de las plataformas de videojuegos para PC en línea más grandes del mundo y ofrece más de 35 000 juegos en todo el mundo. Permite a los usuarios, tras la autenticación, descargar o transmitir directamente videojuegos para PC. También permite a los usuarios que compran videojuegos para PC fuera de Steam, como en tiendas físicas (por ejemplo, en DVD) o digitalmente a través de descargas de sitios web de terceros, activar y jugar videojuegos en Steam.

Valve proporciona a los editores de videojuegos los medios técnicos para activar y jugar juegos en Steam, incluidos los juegos comprados fuera de Steam, a través de las llamadas «claves de activación de Steam».

Los editores incluyen esas claves en sus videojuegos para PC para la autenticación / activación del usuario. Los videojuegos para PC luego son vendidos por distribuidores externos en todo el EEE. Valve también ofrece a los editores una función de control de territorio, que permite el establecimiento de restricciones geográficas al momento de la activación.

La combinación de las claves de activación de Steam con la función de control de territorio permite el “geobloqueo” de los videojuegos de PC en función de la ubicación geográfica del usuario.

Los editores de videojuegos otorgaron a Valve una licencia no exclusiva para explotar videojuegos de PC específicos en todo el mundo, incluida la totalidad del EEE.

A su vez, los editores obtuvieron de Valve una licencia para el uso de claves de activación de Steam para la distribución de esos videojuegos de PC fuera de Steam. Los editores solicitaron a Valve que estableciera restricciones geográficas y que proporcionara claves de activación de Steam geobloqueadas.

Los editores proporcionaron esas claves a sus distribuidores para la venta y distribución de los videojuegos para PC en los Estados miembros afectados. Como resultado, a los usuarios ubicados fuera de un Estado miembro designado se les impidió activar un videojuego de PC determinado con claves de activación de Steam.

La Comisión descubrió que al acordar bilateralmente bloquear geográficamente determinados videojuegos para PC desde fuera de un territorio específico, Valve y cada editor dividieron el mercado del EEE en violación de las normas antimonopolio de la UE. En particular, las Decisiones concluyen que Valve y los editores participaron en las siguientes prácticas de bloqueo geográfico:

  • Acuerdos bilaterales y / o prácticas concertadas entre Valve y cada uno de los cinco editores de videojuegos para PC implementados por medio de claves de activación de Steam geobloqueadas que impedían la activación de algunos de los videojuegos para PC de estos editores fuera de Chequia, Polonia, Hungría, Rumanía. Eslovaquia, Estonia, Letonia y Lituania, en respuesta a solicitudes de consumidores no solicitadas (las llamadas «ventas pasivas»). Estos tuvieron una duración de entre uno y cinco años y se implementaron, según los casos, entre septiembre de 2010 y octubre de 2015.
  • Prácticas de bloqueo geográfico en forma de acuerdos de licencia y distribución celebrados bilateralmente entre cuatro de los cinco editores de videojuegos para PC (es decir, Bandai, Focus Home, Koch Media y ZeniMax) y algunos de sus respectivos distribuidores de videojuegos para PC en el EEE (otros que Valve), que contiene cláusulas que restringen las ventas transfronterizas (pasivas) de los videojuegos para PC afectados dentro del EEE, incluidos los países de Europa central y oriental mencionados anteriormente. Por lo general, duraron más, es decir, entre tres y 11 años, y se implementaron, dependiendo de cada relación bilateral, entre marzo de 2007 y noviembre de 2018.

Las prácticas de bloqueo geográfico afectaron a alrededor de 100 videojuegos para PC de diferentes géneros, incluidos deportes, simulación y juegos de acción. Evitaron que los consumidores activaran y jugaran videojuegos para PC vendidos por los distribuidores de los editores, ya sea en medios físicos, como DVD, o mediante descargas.

Por tanto, estas prácticas comerciales negaban a los consumidores europeos los beneficios del mercado único digital de la UE para comparar precios entre los Estados miembros para encontrar la oferta más adecuada.

La Comisión ha concluido que las prácticas ilegales de Valve y los cinco editores dividieron el mercado del EEE en violacióde las normas antimonopolio de la UE.

Las multas se establecieron sobre la base de las Directrices de la Comisión sobre multas de 2006

Los cinco editores cooperaron con la Comisión aportando pruebas del valor añadido de la investigación y reconociendo expresamente los hechos y las infracciones de las normas antimonopolio de la UE.

Por tanto, la Comisión concedió reducciones de las multas en función del alcance de esta cooperación, que oscilan entre el 10% (para Bandai, Focus Home, Koch Media y ZeniMax) y el 15% (para Capcom).

El desglose de las multas impuestas a los editores es el siguiente:

Editorial de videojuegos Reducción por cooperación Bien (€)
Bandai Namco 10 % 340 000 EUR
Capcom 15 % 396 000 EUR
Focus Home 10 % 2888 000 EUR
Koch Media 10 % 977 000 EUR
ZeniMax 10 % 1 664 000 EUR

Valve decidió no cooperar con la Comisión. Por tanto, la Comisión ha adoptado una Decisión de prohibición contra Valve en el marco del procedimiento antimonopolio ordinario y ha impuesto una multa total de 1 624 000 euros a Valve.

Antecedentes de la investigación

La Comisión abrió procedimientos formales de defensa de la competencia en los acuerdos bilaterales celebrados entre Valve Corporation y los cinco editores de videojuegos para PC el 2 de febrero de 2017 .

El 5 de abril de 2019, la Comisión envió un pliego de cargos a Valve y a los cinco editores de videojuegos sobre el «bloqueo geográfico» de los videojuegos para PC.

Esta investigación es un procedimiento autónomo, independiente de algunos de los problemas identificados en la investigación del sector de la competencia sobre comercio electrónico de la Comisión, pero sigue su curso.

Las investigaciones sobre bloqueo geográfico de videojuegos para PC complementan el Reglamento 2018/302 sobre bloqueo geográfico injustificado , aplicable en toda la UE desde el 3 de diciembre de 2018.

Antecedentes procesales

El artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo prohíben los acuerdos entre empresas que impiden, restringen o distorsionan la competencia dentro del mercado único de la UE.

Las multas impuestas a las empresas que infrinjan las normas antimonopolio de la UE se pagan en el presupuesto general de la UE. Este dinero no se destina a gastos particulares, pero las contribuciones de los Estados miembros al presupuesto de la UE para el año siguiente se reducen en consecuencia. Por tanto, las multas ayudan a financiar la UE y reducen la carga para los contribuyentes.

Más información sobre este caso estará disponible bajo los números de caso AT.40413; 40414; 40420; 40422; 40424 en el registro público de casos en el sitio web de competencia de la Comisión , una vez que se hayan resuelto las cuestiones de confidencialidad.

Demanda de indemnización de daños

Cualquier persona o empresa afectada por un comportamiento anticompetitivo como se describe en este caso puede llevar el asunto ante los tribunales de los Estados miembros y reclamar una indemnización. Tanto la jurisprudencia del Tribunal como el Reglamento 1/2003 del Consejo confirman que en los casos ante los tribunales nacionales, una decisión de la Comisión constituye una prueba vinculante de que el comportamiento tuvo lugar y fue ilegal. A pesar de que la Comisión ha multado a los participantes en el cártel en cuestión, se pueden conceder daños y perjuicios sin reducción a cuenta de la multa de la Comisión.

La Directiva sobre daños y perjuicios , que los Estados miembros tuvieron que transponer a sus ordenamientos jurídicos antes del 27 de diciembre de 2016, facilita a las víctimas de prácticas anticompetitivas la obtención de daños . Para obtener más información sobre las acciones por daños y perjuicios antimonopolio, incluida una guía práctica sobre cómo cuantificar el daño antimonopolio, haga clic aquí .

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