Los derechos neuronales, descrito por expertos como la cuarta etapa de los derechos humanos, es un nuevo grupo de normas internacionales, diseñadas específicamente para salvaguardar el cerebro y su actividad, en línea con los progresos que se están logrando en la neurotecnología.
Es por esta razón que el derecho está realizando esfuerzos para mantenerse al día con los avances tecnológicos y proteger lo que hasta hace poco parecía inalcanzable, es decir, obtener información almacenada en nuestros cerebros. Esta innovadora rama de las leyes recibiría el nombre de neuroderecho.
La Universidad de Columbia en Nueva York es pionera en esta metería. Es importante recalcar que la neurotecnología, se conoce como cualquier tecnología capaz de registrar información de la actividad cerebral o interferir con ella. Por ello, como parte del proceso de investigación, los expertos jurídicos han propuesto desarrollar códigos éticos para los científicos que trabajan con este avance. Además de lograr el reconocimiento mundial de los 5 derechos neuronales: Identidad personal, Libre albedrío, Privacidad mental, Protección contra prejuicios y el Acceso equitativo.
Actualmente, varios países han avanzado en el reconocimiento de los derechos cibernéticos, entre ellos España, Francia, Brasil, además, la OEA quienes han expresado su preocupación por la falta de regulación de los derechos neuronales a nivel mundial.
Hasta ahora, Chile es el único país del mundo que ha aprobado una modificación a su constitución para incluir los derechos neuronales digitales y la protección de la integridad mental. Esta Ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, cuidando especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella, así como del uso indebido de la interfaz cerebro-máquina y las experiencias inmersivas indirectas.
Los desafíos jurídicos que se presentan a cara de esta innovación, son más significativos. Gran parte de las naciones del planeta, no están preparadas para abordar las implicaciones que estas tecnologías emergentes traerán consigo.
Una futura legislación de los neuroderechos se podría considerar en función de estándares y principios internacionales. Esto implica que cualquier futura ley que abarque estos temas debe estar en consonancia con los principios fundamentales de los derechos humanos, como el derecho a la privacidad, la integridad física y la individualidad, por ejemplo, el derecho a la privacidad mental, buscando proteger a las personas, contra el acceso no autorizado a sus pensamientos y recuerdos. Escenario, que pareciera un concepto bastante futurista. Sin embargo, los avances tecnológicos podrían llevarnos a un escenario como ese, más pronto de lo que pensamos. Por ende, es importante preparar una propuesta para un nuevo marco de derechos humanos en la búsqueda de abordar los desafíos éticos, legales y sociales, que se plantean por lo rápido que avanza la neurociencia y la nanotecnología.