Debido a la expiración de su acuerdo, Universal Music retirará sus canciones de TikTok
El pasado 30 de enero del corriente año, Universal Music, conocida como la compañía discográfica más grande a nivel mundial, publicó una carta abierta en donde expresó que retirara de Tik Tok la música de sus artistas, debido a que no pudieron llevar a cabo un nuevo acuerdo de licencias con la red social china.
Desde un tiempo para acá, tanto Tik Tok como Universal Music han estado tratando de negociar la renovación de sus acuerdos; sin embargo, todos los intentos han sido infructuosos, trayendo como resultado que Tik Tok se viera obligado a eliminar de su biblioteca musical, canciones de grandes artistas de los cuales se destacan Adele, Taylor Swift, J balvin, Bad Bunny, Drake y muchos otros.
Ahora bien, para un mejor entendimiento es importante explicar que Tik Tok, cuya propiedad pertenece a la empresa ByteDance Ltd, permite a sus usuarios compartir videos cortos y estos pueden elegir la música con la que desean acompañarlos.
Dicho lo anterior, y ahora con toda esta problemática, los videos que hayan sido compartidos con canciones que sean de la propiedad de UMG, serán silenciados, y aunque se les dará a las personas la opción de cambiar la música, esto podría generar descontentos, pues a los usuarios se les limitará la variedad a la hora de escoger los audios de su preferencia y más aún cuando a la discográfica le pertenecen muchos de los artistas más populares del mundo.
El acuerdo entre UMG y Tik Tok, expiró el pasado miércoles 31 de enero y a raíz de la situación, las directivas de ambas partes han manifestado sus puntos de vista en razón a toda esta lucha por derechos de licencia. Por su parte, Universal Music en sus comunicados ha expresado lo siguiente:
“…En nuestras discusiones sobre la renovación de contratos, los hemos estado presionando en tres cuestiones críticas: la compensación adecuada para nuestros artistas y compositores, la protección de los artistas humanos de los efectos dañinos de la IA y la seguridad en línea para los usuarios de TikTok…”
La compañía discográfica considera que Tik Tok a pesar de que en los últimos años se ha convertido en una de las fuerzas más poderosas en la industria musical, no les retribuye a los artistas lo que debería corresponderles por ser ellos quien generan la música que los ha ayudado a construir el negocio que tienen hasta ahora; y que por el contrario, propusieron pagar a los artistas solo una fracción de lo que pagan otras plataformas con una situación similar. Además, señalan que la red social ha permitido que la industria se “inunde” con música generada por inteligencia artificial, la cual infringe el contenido de sus artistas y que con todo esto, no ha ofrecido soluciones significativas a dichos problemas.
Universal Music también dio a conocer que al plantearle todas sus inconformidades a plataforma de ByteDance, esta solo respondió de manera indiferente y posterior a ello incurrieron en conductas intimidatorias según la siguiente declaración:
“…TikTok intentó intimidarnos para que aceptáramos un acuerdo que valiera menos que el acuerdo anterior, que fuera mucho menos que el valor justo de mercado y que no reflejara su crecimiento exponencial. ¿Cómo trató de intimidarnos? Al eliminar selectivamente la música de algunos de nuestros artistas en desarrollo, mientras se mantiene en la plataforma a nuestras estrellas globales que impulsan a la audiencia.”
Por su parte Tik Tok respondió las acusaciones de UMG, señalando que se ven a sí mismos como una herramienta promocional que impulsa el descubrimiento de nuevos artistas; además, que no pueden compararla con otras plataformas como Spotify Technology SA; ya que, a diferencia de ésta, Tik Tok no permite que los oyentes reproduzcan canciones completas.
Asimismo, la empresa de origen chino alegó ser una de las pocas capaces de hacer que las canciones se vuelvan virales y que las discográficas confían en la misma para identificar nuevos artistas, argumentando que están “ayudando a los artistas a llegar a una gran audiencia y sirviendo como vehículo de descubrimiento para su talento.”
Tik Tok también desmintió lo dicho por la discográfica, al indicar que habían intentado llegar a un acuerdo que ponía primero a los artistas pero que UMG había puesto «su propia codicia por encima de los intereses de sus artistas y compositores».
A todo lo anterior es importante agregar que UMG cuenta un 32% en el mercado, en cuanto a sus artistas, lo cual es una cantidad significativa comparada con otras discográficas como Sony Music o Warner Music Group, que cuentan con un 22% y 16% del mercado en la industria musical. Y por otro lado según las estadísticas y declaraciones de empresas discográficas, en muchos años no habían podido encontrar maneras para promocionar a sus artistas, y que gracias a Tik Tok esto estaba lográndose y con resultados más rápidos de los esperados.
Es por ello, que podemos afirmar que ambas partes que hoy se encuentran en esta disputa dependen la una de la otra, Tik Tok por su gran alcance en la industria es de gran importancia para las discográficas ya que estas buscan el éxito de sus artistas, y Universal Music siendo la discográfica con la mayor cantidad de artistas alimenta a tik tok con la música que generan.
Siendo esto así, ¿Durará esta disputa por mucho tiempo, o ambas partes llegarán a un acuerdo por su relación de codependencia?
Por último, señalamos que todos debemos tener la debida autorización para disponer de un derecho del que no somos titulares, es por ello que Tik Tok necesita de las licencias correspondientes para poder contar con el contenido que genera UMG. En Venezuela lo anterior se puede evidenciar en la “Ley Sobre Derecho de Autor”, pues en su artículo 64 se establece que : “Quien explote una obra, producto o producción administrados por una entidad de gestión colectiva, sin que se le hubiere cedido el derecho correspondiente o se le hubiere otorgado la respectiva licencia de uso, debe pagar, a título de indemnización, un recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre la remuneración en la tarifa, aplicada durante todo el tiempo en que se haya efectuado la explotación, siempre que no se pruebe un daño superior en el caso concreto.”