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sábado, diciembre 14, 2024

Uniqlo demanda a Shein por plagio de bolso

Uniqlo, la marca japonesa, ha presentado una demanda en contra de su rival Shein por un pequeño bolso de hombro que se ha vuelto viral en redes sociales, el minorista japonés considera que Shein realizo una copia inferior e ilegal de su exitoso producto, conocido como el «bolso Mary Poppins».

El pasado 28 de diciembre Uniqlo presento la demanda contra los gestores de Shein ante el Tribunal de Distrito de Tokio. Uniqlo y Theory, dijeron en un comunicado que los «productos de imitación» que vende Shein «se parece mucho» al pequeño bolso bandolero, asimismo señalan que la empresa «adopta una postura decidida contra cualquier acto que menoscabe su propiedad intelectual»

Uniqlo está exigiendo una indemnización por alrededor de 160 millones de yenes (1,1 millones de dólares) en su demanda contra las tres empresas que opera actualmente Shein Roadget Business Pte, Fashion Choice Pte y Shein Japan Co.

Este bolso, con forma de media luna, tiene un precio irresistible de solo US$ 20. Este accesorio no solo acaparó los titulares de los medios de comunicación a nivel global, sino que también logró asegurarse el primer puesto en la lista de productos más codiciados de la empresa de tecnología de moda Lyst durante el primer trimestre de 2023. Tanta popularidad inspiró a muchos a producir imitaciones del artículo, lo que llevó a Uniqlo a advertir en su sitio web que estaba investigando supuestas copias y que podría emprender acciones legales.

En la demanda, Uniqlo le exige a Shein el “cese inmediato de las ventas de los productos de imitación, y la compensación por los daños sufridos por la Compañía como consecuencia de estas ventas”. Además añaden que la venta de estas falsificaciones socavó «significativamente» la confianza de los clientes en «la calidad de la marca Uniqlo y sus productos», y que Fast Retailing adopta una «postura decidida» contra cualquier infracción de su propiedad intelectual.

«Shein respeta los derechos de propiedad intelectual de otros y toma en serio todas las reclamaciones de infracción», afirmó. En ese momento, un portavoz de Shein dijo en una entrevista que la compañía «nos defendería enérgicamente contra esta demanda y cualquier reclamo que no tenga fundamento».

Esta no es la primera vez que Shein se enfrenta a acciones legales o controversias, el año pasado, tres diseñadores gráficos demandaron al minorista en Estados Unidos por presunta infracción de derechos de autor y extorsión, alegando que Shein había vendido copias exactas de sus diseños.

No podemos olvidar que Venezuela forma parte de los Convenios más importantes en materia de propiedad intelectual, como lo son: el  Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial; el Convenio de Berna para la protección de las obras Literarias y Artistas; la Convención Universal Sobre Derecho de Autor; el Convenio de Roma Sobre la Protección de los Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Productores de fonogramas y Organismos de radiodifusión; la Convención de Ginebra sobre la Protección de los Productores de Fonogramas contra la Reproducción no Autorizada de sus Fonogramas; el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

Asimismo, nuestra Carta Magna, vigente en su artículo 98, protege el derecho de autor y la propiedad intelectual; “… La protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas, de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.”

Recordemos que el Código penal venezolano no tipifica el plagio como un delito, sino que aparece en una normativa especial, la cual habla de la propiedad intelectual y sus sanciones, exactamente en la Ley sobre el Derecho de Autor, por ende no puede ser considerado como un delito autónomo, ya que al no existir tipificación sobre el mismo, no se puede reconocer como delito y no podría ser castigado. Además, el artículo 49 de la Constitución Nacional señala que ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueron previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.

Asimismo, la mencionada Ley sobre el Derecho de Autor en su artículo 5 se refiere a lo siguiente:

Artículo 5.- «El autor de una obra del ingenio tiene por el solo hecho de su creación un derecho sobre la obra que comprende, a su vez, los derechos de orden moral y patrimonial determinados en esta Ley.  Los derechos de orden moral son inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles. El derecho de autor sobre las traducciones y demás obras indicadas en el artículo 3° puede existir aun cuando las obras originales no estén ya protegidas por esta Ley o se trate de los textos a que se refiere el artículo 4°; pero no entraña ningún derecho exclusivo sobre dichas obras ya originales o textos.»

”Es decir, que el inventor de una obra de ingenio, como una canción o un libro, tiene derechos de autor sobre la misma. Este derecho incluye el derecho moral, que es inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible. Este derecho moral hace referencia a la representación y valoración de la obra del autor.»

Del mismo modo, la Ley de derecho de Autor en su artículo 122 señala:

Artículo 122.- «Las penas previstas en los artículos precedentes se aumentarán en la mitad cuando los delitos señalados sean cometidos respecto de una obra, producto o producción no destinados a la divulgación, o con usurpación de paternidad, o con deformación, mutilación u otra modificación de la obra, producto o producción que ponga en peligro su decoro o la reputación de una de las personas protegidas por la Ley.»

Como se puede observar, habla sobre la “Usurpación de la paternidad” cuando hace referencia a los agravantes de las penas. Esa “Usurpación” es lo que consideraría como plagio, por tal razón en Venezuela el plagio es considerado como agravante de las penas que corresponden al Derecho de Autor.

Shein es una de las empresas que más ha sido demanda y acusada por medio de las redes sociales por usurpación de derechos de autor, a veces da la impresión que ni siquiera se enteran de lo que están produciendo, ya que a mediados del año pasado público un collar con un dije en forma de esvástica, que es igual al del partido nazi. Además de ello, también vendieron alfombras de Oración de la comunidad musulmana, como alfombras decorativas.

En Venezuela, el plagio debería estar tipificado como un delito autónomo, puesto que de esta manera se puede sancionar a aquellos que se atribuyen la autoría de una obra, violando sus derechos morales y patrimoniales sobre la misma.

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Eileen Barrios
Eileen Barrioshttps://lawit.org/
Pasante Legal en LAWIT | VENEZUELA - Estudiante de Derecho - 5/5 UCV'